martes, 1 de septiembre de 2026

INSTRUCTIVO DEFINITIVO – VERSIÓN MINIMALISTA ACTUALIZADA

Este instructivo expresa mi voluntad personalísima para que mis apoyos y albaceas dispongan de mi persona, mis restos y mis bienes con fidelidad, lealtad y justicia.

1. Autonomía y Hogarización

Si pierdo autonomía (movilidad o consciencia), deberán gestionar mi hogarización en Gran Sinaí (Ariel Muñoz – 351 3308805).
Subsidiariamente, Santa Isabella I o II (Villa María), previa comunicación con Analía Estrada – 353 4821234.

No deseo que mis hermanas ni mis sobrinos aporten dinero. Mis cuidados deben solventarse con mi jubilación, reintegros de Apross y la renta de El Clermont, que no debe venderse.

2. Autosuficiencia

Si pierdo autosuficiencia, quiero internación con mi computadora, mis bafles y una lámpara Edison.
No deseo ser carga familiar.
El Clermont debe alquilarse (preferentemente amoblado o Airbnb).
Si no alcanza, internación pública: Colonia Dr. Emilio Vidal Abal.

3. Restos

Velatorio sencillo en Cementerio San Jerónimo.
Inhumación o cremación en San Vicente.
Mis cenizas deben ir al uranio de la Cofradía de la Merced.
Si fallezco fuera de Córdoba, usar servicios públicos locales y trasladar luego mis cenizas.

4. Legado espiritual y digital

Mis blogs son parte esencial de mi legado.
Mi información digital (OneDrive, Gmail, Blogger, PPI) será administrada por mis albaceas con las claves que les dejaré.

5. Bienes materiales

El Clermont

Acto jurídico vigente:

  • 50% condominio para Alejandra y para mí.

  • Usufructo vitalicio para mí.

Herederas del 50% del Clermont (modificación solicitada)

Mi 50% del Clermont será heredado por mis tres hermanas, representadas por sus hijos:

  • Tristán Paulí

  • Lucía Muiño

  • Carlos Fábregas

  • Maria Josefina Alippi

Ellos actuarán como beneficiarios operativos y representantes hereditarios de mis hermanos y Josefina como ahijada tendrá un plus que es el seguro de vida de la Provincia de Córdoba para lo cual ya está anotada como beneficiaria.

Otros bienes

  • Coupé Taunus: para el Dr. Daniel Alejandro Riquelme.

  • Savonarola: para mi hermana Georgina, si me sobrevive.

  • El resto del mobiliario podrá asignarse según afectos o acompañar la transmisión del Clermont.

  • Las estatuillas religiosas serán para Verónica Elizabeth Serra.

6. Seguro de vida (modificación solicitada)

El seguro de vida estará vigente hasta mis 70 años.
Los beneficiarios serán cuatro personas claves, en partes iguales (25% cada uno). La primera resulta clave porque es mi sobrina que recibirá su parte, más o menos equivalente a lo que recibirán las otras familias de mis otros cuatro hermanos por El Clermont.
Las otras personas resultan clave porque me han acompañado diariamente en mi vida cotidiana haciédome muy llevadera la soledad elegida.

  • Verónica María Estevez Alippi

  • Analía Veronica Estrada

  • Olga Daniela Castillo

  • Cintia Alina Gioria

7. Albaceas

Designo como albaceas a:

  • Lic. Carlos Fábregas

  • Lic. Lucía Muiño

  • Lic. María Josefina Alippi

  • Yogui Tristán Paulí

  • Couselor Verónica María Estevez Alippi

Ellos administrarán mis bienes, claves, fondos y decisiones operativas y es mi deseo que les den los capitales a mis hermanas y en caso de estar difuntos al momento de mi deceso, pues repartir con los otros sobrinos de cada rama en partes iguales.

8. Finanzas

Mis ahorros están en PPI.
Al fallecer, deberán transferirse a mi cuenta Bancor o Mercado Pago y luego a la cuenta del albacea principal, Charly, para distribuir honorarios y gastos.

9. Declaración sobre bienes futuros

No adquiriré nuevos bienes registrables salvo una futura motocicleta estilo custom o chopper, cuyo 08 y título quedarán también en manos de los Fábregas Alippi.

10. Cláusula final – Departamento futuro

Luego de pensarlo y una vez comenzada esta vida definitiva, he decidido que tal vez el último bien en el que también invertiré será un nuevo departamento de 1 dormitorio, semejante al Clermont, que compraría con ahorros ya previstos.

Mi antiquísimo sueño —que en épocas de Juan Arturo e Impianti había materializado durante varios años— es tener un departamento para renta.

Sin embargo, he considerado que la mejor renta en la que puedo invertir, ya con el departamento comprado, es prestárselo en derecho real de habitación a la que fuere mi compañera hasta del último trayecto de mi vida o la tercera edad. Este departamento, si lo comprare y prestare será restituido a la Sucesión Alippi García y el producido del mismo deberá repartirse en 5/5 para cada una de las familias de mis hermanos.

Por ende, deseo que mi Comunidad la deje vivir tranquila en ese departamento futuro, y que recién cuando fallezcamos ambos, la Comunidad reivindique la propiedad.

Destino del 2° departamento una vez fallecidos ambos

  • 50% para los Estevez Alippi.

  • 50% para mis albaceas mencionados más arriba, en partes iguales.

Firmado:
Leandro / Lean / Lea / Leita / Le / Nano / Leandrito

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